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Pasos a seguir en una Compra Inmobiliaria


6 Pasos a seguir en una Compra Inmobiliaria


1. Aspectos Preliminares:

Si el comprador apodera un bufete de abogados este se encargará de realizar las diligencias y comprobaciones necesarias para asegurar la protección de los derechos del comprador antes de la firma del contrato preliminar de compraventa, generalmente denominado promesa de venta, o alternativamente, preparará la promesa de venta primero, pero condicionando su ejecución a los resultados de las comprobaciones legales pertinentes.


2. La Promesa de Compraventa:

La promesa u opción debe contener una descripción detallada de todos los aspectos relevantes de la negociación, tales como la descripción de la propiedad, el precio de venta, la forma de pago, las garantías, las causas de resolución, etc., pues su función es regular la compraventa desde sus inicios hasta que se complete el pago del precio y se suscriba el contrato definitivo de venta, que servirá para transferir la propiedad al comprador.


3. Contrato definitivo de Venta:

Este contrato tiene por finalidad el traspaso del derecho de propiedad sobre el inmueble vendido del propietario al comprador y equivale a la escritura pública utilizada en España e Hispanoamérica.


4. Determinación y pago de los impuestos de transferencia y registro:

El contrato definitivo de venta debe depositarse en la Administración Local de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), a fin de solicitar la tasación del inmueble comprado. La Administración Local de la DGII verifica si el vendedor está al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y comisiona a un inspector para que tase el inmueble y determine el monto de los impuestos a pagar.


5. Inscripción de la Compraventa en el Registro de Títulos:

Obtenida la tasación de la propiedad y pagados los impuestos de transferencia, el contrato definitivo de venta y el certificado de título de la propiedad vendida se deberán depositar conjuntamente con la documentación proporcionada por la Administración Local de la DGII, en el Registro de Títulos correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra el inmueble comprado.


6. Expedición del certificado de Titulo:

Una vez inscrita la compraventa en el Registro de Títulos correspondiente, se expide un nuevo certificado de título a nombre del comprador y se cancela el certificado emitido anteriormente al vendedor.